Condiciones Generales del Programa de Distribuidores Autorizados
Gaming Security S.H. — Versión 1.0, vigente desde el 20 de agosto de 2026
Artículo 1. Partes y objeto
1.1. Las presentes Condiciones Generales (en adelante, «las Condiciones») regulan la relación comercial entre GAMING-SECURITY S.H. DE BARRENA ROBERTO A Y NUÑEZ VICARIO GONZALO, CUIT 30-71173095-4, IVA Responsable Inscripto, con domicilio en Castelar, Provincia de Buenos Aires (en adelante, «la Empresa»), y la persona humana o jurídica que solicita su incorporación al Programa de Distribuidores Autorizados y es admitida en él (en adelante, «el Distribuidor»).
1.2. El objeto del Programa es la promoción y comercialización, por parte del Distribuidor, de los productos que la Empresa ofrece en su tienda en línea, a cambio de una comisión sobre las operaciones concretadas por su intermedio.
1.3. La Empresa conserva en todos los casos el carácter de vendedora frente al cliente final. Es la Empresa quien percibe el precio, emite la factura, entrega el producto y responde por la garantía y por el derecho de revocación.
Artículo 2. Definiciones
- Tienda: el sitio de comercio electrónico operado por la Empresa.
- Página del Distribuidor: la dirección propia asignada al Distribuidor dentro de la Tienda, identificada con su nombre e imagen.
- Operación: toda compra concretada y pagada por un cliente final que haya ingresado a la Tienda a través de la Página del Distribuidor.
- Venta neta: el precio de los productos de una Operación, excluido el Impuesto al Valor Agregado y excluido el costo de envío.
- Margen del Distribuidor: el porcentaje que el Distribuidor adiciona al precio base fijado por la Empresa, conforme al Artículo 5.
Artículo 3. Naturaleza de la relación
3.1. La relación entre las partes es de naturaleza estrictamente comercial. Las presentes Condiciones no constituyen ni podrán interpretarse como constitutivas de contrato de trabajo, sociedad, franquicia, agencia con representación, ni de ninguna otra figura que suponga dependencia o vínculo laboral entre las partes.
3.2. El Distribuidor desarrolla su actividad con plena autonomía: organiza su tiempo y sus medios, no cumple horario, no recibe instrucciones sobre el modo de ejecutar su tarea, no tiene obligación de exclusividad de dedicación ni de alcanzar un volumen mínimo de ventas, y puede desarrollar simultáneamente cualquier otra actividad, por cuenta propia o ajena.
3.3. El Distribuidor asume por su exclusiva cuenta los costos de su actividad y sus obligaciones fiscales, previsionales y de seguridad social.
3.4. El Distribuidor carece de facultades de representación. No podrá obligar a la Empresa frente a terceros, suscribir instrumentos en su nombre, ni asumir compromisos que la involucren.
Artículo 4. Incorporación al Programa
4.1. La incorporación se solicita mediante el formulario disponible en la Tienda. La solicitud no genera derecho alguno a la admisión.
4.2. La admisión queda sujeta a evaluación previa de la Empresa, que incluirá una entrevista y la verificación de los datos y de la actividad declarada. La Empresa se reserva el derecho de admisión, sin obligación de fundar su decisión.
4.3. El Programa no exige contraprestación económica alguna para el ingreso ni para la permanencia. No se cobran derechos de admisión, matrículas, aranceles de capacitación, kits iniciales ni compras mínimas. La retribución del Distribuidor proviene exclusivamente de las Operaciones efectivamente concretadas, y en ningún caso de la incorporación de nuevos distribuidores.
4.4. La relación se inicia con la activación de la Página del Distribuidor por parte de la Empresa, y se extiende por tiempo indeterminado, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 12.
Artículo 5. Precios y Margen del Distribuidor
5.1. El precio base de cada producto es fijado exclusivamente por la Empresa y coincide con el publicado en la Tienda.
5.2. El Distribuidor podrá adicionar al precio base un Margen de entre 0% y 20%, que se aplica de manera uniforme a la totalidad del catálogo. El Margen es percibido íntegramente por el Distribuidor y se abona junto con la comisión.
5.3. El límite del 20% establecido en la cláusula anterior no admite excepción. Su inobservancia habilita a la Empresa a rectificarlo unilateralmente o a resolver la relación conforme al Artículo 12.4.
5.4. La Empresa podrá modificar los precios base en cualquier momento y sin aviso previo, en particular ante variaciones del tipo de cambio o del costo de reposición. El Margen del Distribuidor se recalcula automáticamente sobre el nuevo precio base.
Artículo 6. Comisión
6.1. El Distribuidor percibirá una comisión equivalente al 8% (ocho por ciento) de la Venta neta de cada Operación. Salvo acuerdo escrito en contrario, este porcentaje rige para todos los Distribuidores.
6.2. La comisión se calcula sobre el precio de los productos excluido el IVA y excluido el costo de envío, conforme a la definición del Artículo 2.
6.3. A modo ilustrativo:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Precio abonado por el cliente (productos) | $322.800 |
| Venta neta (excluido IVA del 21%) | $266.777 |
| Comisión del Distribuidor (8%) | $21.342 |
6.4. La liquidación se practica con periodicidad mensual, dentro de los diez (10) días corridos del mes siguiente, y comprende únicamente las Operaciones efectivamente entregadas al cliente final y no revocadas ni devueltas al momento de la liquidación.
6.5. El pago de la comisión se encuentra condicionado a la emisión de la factura correspondiente por parte del Distribuidor. A tal efecto, el Distribuidor deberá encontrarse inscripto ante la Administración Federal de Ingresos Públicos en la categoría que corresponda a su actividad. No se abonarán comisiones sin la factura respectiva.
6.6. Las Operaciones revocadas, devueltas o no entregadas no generan comisión. Si la comisión hubiera sido abonada con anterioridad, su importe se deducirá de la liquidación del período siguiente.
6.7. La Empresa remitirá al Distribuidor, con periodicidad semanal, un detalle de las Operaciones concretadas por su intermedio, los importes correspondientes y el estado de cada entrega.
Artículo 7. Obligaciones del Distribuidor
El Distribuidor se obliga a:
7.1. Promover los productos con veracidad, absteniéndose de formular afirmaciones inexactas sobre sus características, prestaciones, disponibilidad o precio.
7.2. Abstenerse de comprometer plazos de entrega, precios, garantías, bonificaciones o condiciones distintas de las publicadas en la Tienda.
7.3. Atender las consultas de los clientes que capte y colaborar en el seguimiento de sus Operaciones.
7.4. Emitir la factura correspondiente a sus comisiones y mantener regularizada su situación fiscal.
7.5. Comunicar a la Empresa, de manera inmediata, todo reclamo, inconveniente o situación anómala que involucre a un cliente o a la marca.
7.6. Abstenerse de comercializar, por fuera de la Tienda, productos obtenidos en el marco de esta relación.
Artículo 8. Obligaciones de la Empresa
La Empresa se obliga a:
8.1. Mantener operativa la Tienda y la Página del Distribuidor, y proveer el catálogo, las imágenes y los textos de los productos.
8.2. Percibir el precio de las Operaciones, emitir la factura al cliente final y gestionar la entrega.
8.3. Responder por la garantía de los productos y por el ejercicio del derecho de revocación, conforme a la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.
8.4. Liquidar y abonar las comisiones en los términos del Artículo 6.
8.5. Informar al Distribuidor las Operaciones concretadas por su intermedio y su estado.
Artículo 9. Tratamiento de los datos de los clientes
9.1. Con motivo de cada Operación, la Empresa pondrá a disposición del Distribuidor los datos de contacto y de entrega del cliente final, con la exclusiva finalidad de permitirle el seguimiento y la atención posventa de esa Operación determinada.
9.2. Dichos datos son de titularidad de la Empresa, que reviste el carácter de responsable del tratamiento en los términos de la Ley 25.326 de Protección de los Datos Personales. El Distribuidor actúa como encargado del tratamiento por cuenta de aquélla.
9.3. Queda expresamente prohibido al Distribuidor:
a) Utilizar los datos para una finalidad distinta de la prevista en el Artículo 9.1.
b) Conformar bases de datos propias, registros, listados o archivos de cualquier naturaleza con dicha información, así como exportarla o replicarla.
c) Contactar a los clientes para ofrecerles productos o servicios ajenos a la Operación, propios o de terceros.
d) Cederlos, comunicarlos, comercializarlos o ponerlos a disposición de terceros bajo cualquier título.
9.4. El Distribuidor deberá suprimir la totalidad de los datos a los que hubiera accedido dentro de los diez (10) días corridos de extinguida la relación, y acreditarlo a requerimiento de la Empresa.
9.5. Las obligaciones del presente artículo subsisten sin límite temporal y sobreviven a la extinción de la relación por cualquier causa.
9.6. El incumplimiento de este artículo constituye causal de resolución inmediata conforme al Artículo 12.4, sin perjuicio de las acciones civiles y penales que pudieran corresponder.
Artículo 10. Uso de la marca
10.1. La Empresa concede al Distribuidor una autorización precaria, revocable, no exclusiva e intransferible para identificarse como «Distribuidor Autorizado de Gaming Security» y para utilizar el signo distintivo de la Empresa en la forma en que se despliega en su Página del Distribuidor.
10.2. Queda expresamente prohibido al Distribuidor:
a) Presentarse como la Empresa, como su empleado, sucursal, filial o representante legal.
b) Modificar, deformar, recomponer o combinar el signo distintivo con otros.
c) Registrar o solicitar el registro de marcas, nombres de dominio, denominaciones sociales o cuentas en redes sociales que reproduzcan o puedan confundirse con los de la Empresa.
d) Identificar, mencionar o divulgar la identidad de los proveedores mayoristas de la Empresa, así como derivar clientes hacia ellos.
10.3. La autorización de uso cesa de pleno derecho con la extinción de la relación. El Distribuidor deberá suprimir toda referencia a la Empresa de sus perfiles, materiales y comunicaciones dentro de las setenta y dos (72) horas.
Artículo 11. Prohibición de manejo de fondos y de mercadería
11.1. La totalidad de los pagos de los clientes se cursa a través de la plataforma de pagos habilitada en la Tienda, con carácter previo al despacho. El Distribuidor no se encuentra facultado para percibir suma alguna de los clientes, cualquiera sea su concepto, forma o instrumento, incluidas señas, anticipos y transferencias.
11.2. En la modalidad ordinaria del Programa, el Distribuidor no recibe ni custodia mercadería: los productos se despachan directamente desde la Empresa al domicilio indicado por el cliente final.
11.3. La Empresa podrá, a su exclusivo criterio y respecto de Distribuidores con antecedentes suficientes, convenir por escrito la remisión de mercadería para su entrega final. En tal supuesto regirán las siguientes reglas:
a) La mercadería se entrega en depósito. La Empresa conserva su propiedad hasta la recepción por el cliente final.
b) Se establecerá un tope de valor en poder del Distribuidor de manera simultánea, que constará por escrito.
c) El Distribuidor suscribirá la recepción de cada bulto y responderá por su pérdida, sustracción o deterioro mientras se encuentre bajo su custodia, importe que se deducirá de sus comisiones.
d) La entrega al cliente final deberá efectuarse dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de recibida la mercadería, con constancia fotográfica y firma de recepción.
e) Queda prohibido abrir, usar, exhibir, ceder, prendar o comercializar la mercadería recibida en depósito.
11.4. La retención indebida de mercadería recibida en depósito faculta a la Empresa a resolver la relación de manera inmediata y a promover las acciones civiles y penales que correspondan.
Artículo 12. Vigencia, extinción y resolución
12.1. La relación rige por tiempo indeterminado desde la activación de la Página del Distribuidor.
12.2. Cualquiera de las partes podrá desistir de la relación en cualquier momento, mediante comunicación escrita a la otra, sin expresión de causa y sin derecho a indemnización, resarcimiento ni preaviso de ninguna especie.
12.3. Extinguida la relación por cualquier causa:
a) Se liquidarán al Distribuidor las comisiones devengadas por Operaciones entregadas y no devueltas.
b) Se desactivará su Página y cesará su enlace.
c) Cesará la autorización de uso de la marca, conforme al Artículo 10.3.
d) Deberá suprimir los datos de clientes, conforme al Artículo 9.4.
e) Deberá restituir toda mercadería en depósito dentro de las setenta y dos (72) horas.
12.4. La Empresa podrá resolver la relación de manera inmediata, sin preaviso y con pérdida de las comisiones pendientes de liquidación, cuando el Distribuidor: utilice indebidamente los datos de clientes (Artículo 9); perciba fondos de clientes o retenga mercadería (Artículo 11); haga un uso indebido de la marca o revele la identidad de los proveedores de la Empresa (Artículo 10); brinde información falsa a un cliente; o incurra en cualquier conducta que afecte la reputación de la Empresa.
Artículo 13. Zonas
13.1. El Programa no confiere exclusividad territorial. La Tienda comercializa en todo el territorio nacional y los Distribuidores pueden captar clientes en cualquier jurisdicción.
13.2. Toda preferencia zonal que eventualmente se acuerde deberá constar por escrito, estará sujeta a un volumen mínimo de Operaciones y será revisada trimestralmente.
Artículo 14. Datos personales del Distribuidor
14.1. Los datos personales que el Distribuidor suministra al solicitar su incorporación son tratados por la Empresa con la finalidad de evaluar la solicitud, administrar la relación, liquidar las comisiones y dar cumplimiento a las obligaciones legales y fiscales. No se ceden a terceros, salvo requerimiento de autoridad competente.
14.2. El Distribuidor podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, actualización y supresión previstos en la Ley 25.326 mediante comunicación a ventas@gaming-security.com.
Artículo 15. Modificación de las Condiciones
15.1. La Empresa podrá modificar las presentes Condiciones, comunicándolo al Distribuidor por correo electrónico con una antelación no menor a quince (15) días corridos a su entrada en vigencia.
15.2. Si el Distribuidor no manifestara su rechazo dentro de dicho plazo, las modificaciones se tendrán por aceptadas. El rechazo habilita a cualquiera de las partes a desistir de la relación conforme al Artículo 12.2, sin consecuencia alguna.
Artículo 16. Comunicaciones
16.1. Las comunicaciones entre las partes se cursarán válidamente por correo electrónico a las direcciones declaradas, y se tendrán por recibidas el día hábil siguiente a su envío.
16.2. El Distribuidor deberá informar toda modificación de sus datos de contacto dentro de las setenta y dos (72) horas.
Artículo 17. Aceptación
17.1. Estas Condiciones se aceptan por medios electrónicos, al completar el formulario de incorporación y prestar conformidad expresa mediante la casilla habilitada al efecto.
17.2. La Empresa registra la fecha, la hora, la dirección IP de origen y la versión aceptada, constancias que las partes reconocen como prueba suficiente de la aceptación.
Artículo 18. Ley aplicable y jurisdicción
18.1. Las presentes Condiciones se rigen por las leyes de la República Argentina.
18.2. Para toda controversia derivada de su interpretación o ejecución, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Provincia de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.
Gaming Security S.H. — CUIT 30-71173095-4 — Castelar, Provincia de Buenos Aires. Consultas: ventas@gaming-security.com



































